La dignidad, o «cualidad de digno»,
deriva del adjetivo latino 'digno y se traduce por «valioso». Hace referencia
al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y
poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la
toma de decisiones y el ejercicio de su libertad.
La dignidad se explica en buena medida por la «autonomía»
propia del ser humano, como vieron ya Platón, Pico de ella Mirandola y Kant,
pues sólo el que sabe y puede gobernarse a sí mismo, según un principio
racional, resulta "señor de sus acciones" y en consecuencia, al menos
parcialmente, un sujeto libre; al regular su comportamiento según normas
propias, según el significado etimológico de la voz griega 'auto-nomía', ya no es
un mero súbdito, ya no está bajo el dictado de otro, sino que es un ciudadano. Entendemos que esa autonomía o dignidad es
solo un «potencial de emancipación» respecto a las necesidades e imposiciones
naturales o sociales y en la historia universal del género humano. La dignidad
humana es un valor o (derecho) inviolable de la persona.
La referencia a la dignidad esta siempre presente en los
instrumentos fundacionales del derecho internacional de los derechos humanos
nacido luego de concluida la Segunda Guerra Mundial. En tal sentido, se destaca
ante todo la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, que invoca en
su Preámbulo la «dignidad intrínseca (...) de todos los miembros de la familia
humana», para luego afirmar que «todos los seres humanos nacen libres e iguales
en dignidad y derechos» (artículo 1°).
Con posterioridad, el concepto de dignidad humana fue
retomado por los dos Pactos internacionales de derechos humanos de 1966 y por
la mayoría de los instrumentos condenatorios de una serie de prácticas
directamente contrarias al valor esencial de la persona, tales como la tortura,
la esclavitud, las penas degradantes, las condiciones inhumanas de trabajo, las
discriminaciones de todo tipo, etc. En la actualidad, la noción de dignidad
humana tiene particular relevancia en las cuestiones de bioética.
Para el fundamentalismo cristiano la dignidad del hombre se
encuentra en su elevación a la categoría de hijo de Dios. «El hombre ha sido
creado a imagen de Dios, en el sentido de que es capaz de conocer y amar
libremente a su propio Creador. Es la única criatura sobre la tierra a la que
Dios ama por sí misma, y a la que llama a compartir su vida divina, en el
conocimiento y en el amor. El hombre, en cuanto creado a imagen de Dios, tiene
la dignidad de persona: no es solamente algo, sino alguien capaz de conocerse,
de darse libremente y de entrar en comunión con Dios y las otras personas.»
(Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, n. 66. cfr. También Catecismo
de la Iglesia Católica, nn. 355-357).
De acuerdo con esta teoría, resulta difícil admitir una
dignidad del hombre que no se base en cualidades transitorias o en consensos
arbitrarios sin recurrir a un fundamento teológico, al ver en las religiones,
el fundamento último de todos los derechos y prohibiciones, lo que se acompaña
con el fundamentalismo dogmatico.
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